Redacción — Este asunto vuelve a estar en el foco informativo.
El Alto Tribunal puntualiza en dos sentencias que limitar la pluralidad de interlocutores equivale en la práctica a un monopolio de la representación empresarial. Avala que la patronal catalana tenga voz en el Consejo Estatal de la Pyme y en el Observatorio Estatal de la Morosidad Privada, aunque aclara que debe de cumplir con los requisitos de representatividad. Leer
Fuente:
www.expansion.com



