El Gobierno ha publicado en el Boletín Oficial del Estado una de las medidas centrales de su paquete para afrontar la crisis de vivienda. La disposición, articulada mediante uno de los dos decretos ley aprobados por el ejecutivo, impone una restricción específica sobre la adquisición de inmuebles residenciales por parte de los denominados fondos buitre y otras entidades dedicadas a la compra masiva de activos inmobiliarios.
Según el texto publicado, queda prohibida la compraventa de viviendas cuando el precio pactado sea inferior al 70% del valor de mercado. La limitación se aplica a las entidades que se dediquen principalmente a la adquisición de carteras de inmuebles y busca condicionar las transacciones en las que se registren descuentos muy elevados respecto a valoraciones de mercado, según figura en la norma.
La medida fue incluida en uno de los decretos aprobados por el Consejo de Ministros y tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2028. No obstante, su eficacia definitiva depende del trámite parlamentario: la disposición está pendiente de convalidación en el Congreso, donde será debatida en un pleno extraordinario convocado para el próximo viernes, según la agenda oficial.
Esta restricción se inscribe en el conjunto de intervenciones normativas que el Ejecutivo ha activado recientemente para incidir en el mercado residencial. El decreto que recoge la prohibición convive con otras medidas del paquete diseñadas por el Gobierno para regular distintos aspectos del acceso y la oferta de vivienda. La publicación en el BOE formaliza el alcance temporal y el ámbito objetivo de la prohibición, dejando al procedimiento parlamentario la posibilidad de mantener, modificar o derogar la norma aprobada por vía de urgencia.




